Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 16.2-3 Contribuyente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2017 y la del 11 de agosto de 2026.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
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Artículo 16.2-3 Devengo y exigibilidad. Contribuyente.
1. El devengo se producirá en el momento en Son contribuyentes de esta tasa las personas físicas o jurídicas que se presente soliciten la solicitud ante el órgano administrativo competente. inscripción o renovación de la
2. La exigibilidadcuota o cantidad a ingresar se realizará inscripción en el momento del devengo. Registro de Organismos de Certificación Administrativa como tales organismos de certificación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de agosto de 2026 En vigor | BOE-A-2026-19331 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |


