Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 19.1-4 Cuota íntegra.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2017 y la del 1 de enero de 2022.
Tachado: lo que se quitó (76 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 19.1-4 Cuota íntegra.
La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro: (Suprimido).
Tipo de servicio
·
Importe unitario (euros)
·
1
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Expedición de certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la hacienda valenciana.
·
7,00
·
2
·
Compulsa de documentos.
·
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2.1
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Relativas a los certificados a los que se refiere el punto 1 anterior.
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2,50
·
2.2
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Otras.
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1,50
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-1018 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |


