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Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.

Artículo 1.4-4 Inspección tributaria.

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Artículo 1.4-4 Inspección tributaria.
1. El ejercicio de las funciones administrativas en que consiste la inspección tributaria de las tasas corresponde al Instituto Valenciano de Administración Tributaria. a la Agencia Tributaria Valenciana.
2. La conselleria o el ente del sector público instrumental de la Generalitat que tengan atribuidas las actuaciones de gestión tributaria están obligados a prestar su colaboración en el ejercicio de las funciones citadas en el apartado anterior.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-2666 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2017 Texto original Leer

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