Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 10.1-2 Exenciones.
Artículo 10.1-2 Exenciones.
Están exentas del pago de la tasa las administraciones públicas territoriales y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de cualquier administración pública cuando, en el ejercicio de sus funciones y actuando de oficio, soliciten la realización de la prestación que constituye el hecho imponible.


