Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 22.2-7 Cuota líquida.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2017 y la del 1 de enero de 2024.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 22.2-7 Cuota líquida.
La cuota líquida será el resultado de aplicar sobre la cuota íntegra una bonificación del cincuenta por ciento, 50 %, en el caso de organismos o entes pertenecientes al sector público del Estado, del resto de las comunidades autónomas o de los entes locales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2666 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |


