Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 22.4-6 Cuota íntegra.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2017 y la del 1 de enero de 2024.
Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 22.4-6 Cuota íntegra.
La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:
Tipo de servicio ·
Importe (euros) ·
1 1. Autorización para la explotación de las obras cuyos derechos de propiedad intelectual correspondan al IVAM en modalidad
· exclusiva: exclusiva
·
·
1.1 Para uso divulgativo o particular.
· ·
50,00 50,95 ·
1.2 Para uso editorial o comercial.
· ·
210,00 213,99 ·
1.3 Para uso publicitario.
· ·
300,00 305,70 ·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2666 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |


