Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Artículo 22.4-7 Documento de formalización de la explotación de las obras de arte.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2017 y la del 1 de enero de 2024.
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Artículo 22.4-7 Documento de formalización de la explotación de las obras de arte.
1. La autorización para la explotación de las obras cuyos derechos de propiedad intelectual correspondan al IVAM en modalidad exclusiva se documentará en las «Condiciones condiciones de explotación de las obras». obras.
2. La validez y efectividad de la autorización queda condicionada queda condicionada a la suscripción por el contribuyente de las «Condiciones condiciones de explotación de las obras». obras.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2666 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |


