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Legislación › Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.

Artículo 30.1-1 Hecho imponible.

Artículo 30.1-1 Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios, en el ámbito del Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, en los siguientes procedimientos, iniciados a instancia de la persona interesada:

a) Inscripción de colegios profesionales y consejos valencianos.

b) Inscripción y modificación de estatutos de colegios profesionales y consejos valencianos.

c) Inscripción y modificación de reglamentos de régimen interior de colegios profesionales y consejos valencianos.

d) Modificación de la composición de órganos de gobierno de colegios profesionales y de consejos valencianos.

e) Emisión de certificados y emisión de copias en papel (o que conlleven la transformación de la información a un formato diferente) de expedientes obrantes en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana.

f) Inscripción de la apertura o cambio de delegaciones.

Se modifica la letra e) por el art. 22 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. BOE-A-2021-1859

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1859 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2017 Texto original Leer

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