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Legislación › Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos.

Artículo 17. Requisitos para realizar actividades de fabricación e importación.

Artículo 17. Requisitos para realizar actividades de fabricación e importación.

Las personas físicas o jurídicas que realicen actividades de fabricación y/o importación de productos cosméticos, deben cumplir los requisitos aplicables especificados en el anexo de este real decreto, sin perjuicio de la subcontratación de parte de estas actividades con terceros.

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