Legislación › Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos.
Artículo 17. Requisitos para realizar actividades de fabricación e importación.
Artículo 17. Requisitos para realizar actividades de fabricación e importación.
Las personas físicas o jurídicas que realicen actividades de fabricación y/o importación de productos cosméticos, deben cumplir los requisitos aplicables especificados en el anexo de este real decreto, sin perjuicio de la subcontratación de parte de estas actividades con terceros.


