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Legislación › Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, impulso y aplicación de esta ley.

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