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Legislación › Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición transitoria segunda. Período para la aprobación del Código de Buenas Prácticas.

Disposición transitoria segunda. Período para la aprobación del Código de Buenas Prácticas.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, las Cámaras deberán aprobar el Código de Buenas Prácticas previsto en el artículo 23 de la misma.

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