Legislación › Decreto-ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 1. Objeto y finalidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de septiembre de 2022 y la del 29 de mayo de 2024.
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Artículo 1. Objeto y finalidad.
Este decreto ley decreto-ley tiene por objeto impulsar la mejora y/o o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios y sociales de la comunidad autónoma de las Illes Balears; establecer medidas de agilización y simplificación de los procedimientos administrativos relativos a la ejecución de obras e inversiones públicas para dotaciones de estos equipamientos públicos; públicos, y regular los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears, con el fin la finalidad de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en estos ámbitos.
Asimismo, con carácter excepcional, las normas que contiene este decreto-ley serán aplicables a otras infraestructuras o equipamientos públicos de usos diferentes de los educativos, de investigación, sanitarios y sociales, cuando estos equipamientos se consideren de interés autonómico y así lo acuerde expresamente el Consejo de Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-720 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2024 | BOE-A-2024-16940 | Leer | Qué cambió |
| 10 de septiembre de 2022 | BOE-A-2022-15291 | Leer | Qué cambió |
| 21 de enero de 2018 | Texto original | Leer |


