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Legislación › Decreto-ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 2. Concepto y régimen jurídico.

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Artículo 2. Concepto y régimen jurídico.
A los efectos de este Decreto decreto ley, se consideran «equipamientos "equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma comunidad autónoma de las Islas Baleares» Illes Balears" los que sean promovidos, financiados y/o desarrollados por órganos de la misma Comunidad Autónoma comunidad autónoma o sus entidades instrumentales de derecho público.
Para la tramitación de la ejecución de estos equipamientos públicos, serán aplicables las disposiciones de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Inversión en las Islas Baleares, en lo que no contradigan las previsiones específicas de este Decreto ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-15291 Leer Qué cambió
21 de enero de 2018 Texto original Leer

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