Legislación › Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano.
Artículo 10. Formación de personas adultas.
Artículo 10. Formación de personas adultas.
Al alumnado que se matricula en los centros de formación de personas adultas y que no ha recibido enseñanza de valenciano por estar escolarizado con anterioridad a la aplicación de la Ley 4/83, de uso y enseñanza del valenciano, o por su incorporación tardía al sistema educativo valenciano, se le tendrá que realizar una adaptación de acceso al currículo, de conformidad con los objetivos establecidos en esta Ley.


