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Legislación › Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano.

Disposición transitoria primera. Calendario de implantación y normativa aplicable hasta la implantación total del Programa de educación plurilingüe e intercultural.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de febrero de 2018 y la del 6 de abril de 2020. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera. Calendario de implantación y normativa aplicable hasta la implantación total del Programa de educación plurilingüe e intercultural.
1. Esta Ley se implantará de manera progresiva de acuerdo con el siguiente calendario:
a) Curso 2018-2019. Educación infantil y primer ciclo de educación primaria.
b) Curso 2019-2020. Segundo y tercer ciclo de educación primaria y centros de educación especial.
c) Curso 2020-2021. 2021-2022. Educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y formación Formación de personas adultas. Personas Adultas.
2. Hasta la implantación del Programa de educación plurilingüe e intercultural en cada nivel educativo de acuerdo con el calendario de aplicación determinado en el párrafo anterior, se aplicarán los programas bilingües y plurilingües regulados por las disposiciones normativas vigentes hasta la fecha de entrada en vigor de esta Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de abril de 2020 En vigor BOE-A-2020-90092 Leer Qué cambió
23 de febrero de 2018 Texto original Leer

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