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Legislación › Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión.

Artículo 26. Itinerario personal de inserción laboral.

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Artículo 26. Instrucción de la renta valenciana Itinerario personal de inclusión. inserción laboral.
1. La instrucción de expediente Se elaborará desde una visión integral por el personal de la renta complementaria los servicios de ingresos empleo y prestaciones corresponderá a las direcciones territoriales de la conselleria competente formación con competencia en materia de renta valenciana de inclusión.
2. La instrucción del expediente de
la renta de garantía, la efectuará el servicio correspondiente de la Administración local, materia. Debe contemplar todas las acciones que elevará el informe-propuesta se consideren necesarias para alcanzar los objetivos de resolución al órgano competente sobre la modalidad y su importe, que será preceptivo inserción laboral, adecuándolo a las competencias profesionales y vinculante. a las necesidades del sistema productivo.
3. 2. El informe-propuesta de resolución de la renta diagnóstico de garantía empleabilidad se realizará por los profesionales competentes en sus dos modalidades será remitida a la dirección territorial materia de la conselleria cada una de las administraciones o entidades que tenga la tengan competencia en materia de renta valenciana de inclusión, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada de la solicitud, acompañado de toda la documentación necesaria, en el registro de la Administración local correspondiente. empleo y formación.
4. Cuando la prestación a conceder consista en la renta de garantía de inclusión social, antes de formular el informe-propuesta de resolución, 3. Reglamentariamente, se exigirá el compromiso voluntario de la persona solicitante y establecerán las posibles personas beneficiarias, mediante la suscripción de acuerdo de inclusión social, de acuerdo al título II de esta ley. En caso de circunstancias especiales que la persona destinataria manifestara su negativa a permiten prescindir temporalmente de la suscripción del acuerdo, se hará constar dicha circunstancia prescripción de los itinerarios laborales, manteniéndose, en su caso, el expediente y sus motivos, y se remitirá dicha información al órgano gestor competente con la propuesta resto de asignación compromisos acordados en la modalidad de renta de garantía el Plan de ingresos mínimos. inclusión social.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de julio de 2020 En vigor BOE-A-2020-9590 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-1987 Leer Qué cambió
22 de abril de 2018 Texto original Leer

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