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Legislación › Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión.

Artículo 53. Cooperación con las entidades sociales.

Artículo 53. Cooperación con las entidades sociales.

Las entidades locales podrán suscribir convenios de colaboración con entidades sociales públicas o privadas sin ánimo de lucro, o utilizar cualquiera de las fórmulas reguladas en la legislación vigente en materia de contratación pública con criterios de calidad, sostenibilidad y de carácter social, incluyendo cláusulas sociales, para el desarrollo del contenido de las acciones vinculadas a los itinerarios de inclusión social.

Se modifica y renumera por el art. 61 del Decreto-ley 7/2020, de 26 de junio. BOE-A-2020-9590

Su anterior numeración era art. 46.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de julio de 2020 En vigor BOE-A-2020-9590 Leer Qué cambió
22 de abril de 2018 Texto original Leer

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