Legislación › Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de abril de 2018 y la del 1 de enero de 2020.
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Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta Ley ley entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el «Diari Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». Valenciana. Sin embargo, las previsiones relativas a la modalidad de renta complementaria de ingresos por prestaciones
No obstante,producirán tendrán efectos a partir del año de la entrada en vigor de la Ley, ley, y las relativas a la modalidad de renta complementaria de ingresos del trabajo trabajo, a los dos tres años de la entrada en vigor de la Ley. ley.
Hasta que no se haya implementado la modalidad de renta complementaria de ingresos del trabajo de la renta valenciana de inclusión no se aplicarán, con carácter retroactivo al momento de entrada en vigor de la norma, los artículos 14.1.f y 30 de la presente ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1859 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | BOE-A-2023-5482 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-1018 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2020 | BOE-A-2020-9590 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-1010 | Leer | Qué cambió |
| 22 de abril de 2018 | Texto original | Leer |


