LexTotal

Legislación › Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de abril de 2018 y la del 1 de enero de 2020. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (55 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta Ley ley entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el «Diari Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
No obstante,
Valenciana. Sin embargo, las previsiones relativas a la modalidad de renta complementaria de ingresos por prestaciones producirán tendrán efectos a partir del año de la entrada en vigor de la Ley, ley, y las relativas a la modalidad de renta complementaria de ingresos del trabajo trabajo, a los dos tres años de la entrada en vigor de la Ley. ley.
Hasta que no se haya implementado la modalidad de renta complementaria de ingresos del trabajo de la renta valenciana de inclusión no se aplicarán, con carácter retroactivo al momento de entrada en vigor de la norma, los artículos 14.1.f y 30 de la presente ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1859 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 BOE-A-2023-5482 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2022-1018 Leer Qué cambió
1 de julio de 2020 BOE-A-2020-9590 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
22 de abril de 2018 Texto original Leer

← Disposición final primera Índice