Legislación › Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Artículo 68. Cancelación de anotación de sanciones en el Registro Integrado.
Artículo 68. Cancelación de anotación de sanciones en el Registro Integrado.
Transcurrido el plazo para la prescripción de la sanción, el órgano competente para imponer la misma acordará de oficio la cancelación de la correspondiente anotación en el expediente personal y lo notificará a los interesados.


