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Legislación › Orden APM/307/2018 de 14 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos de la Corporación de Derecho Público Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Guijuelo".

Artículo 33. De la graduación de las sanciones.

Artículo 33. De la graduación de las sanciones.

La graduación de las sanciones se hará a tenor de los siguientes criterios:

a) Reiteración de los hechos sancionables.

b) Negligencia o Intencionalidad.

c) Proporcionalidad del hecho causado.

d) Incumplimiento de advertencias previas.

e) Requerimientos de Inspección.

f) La inobservancia de las propuestas realizadas.

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