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Legislación › Real Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo.

ANEXO IV

ANEXO IV

Convalidaciones

a) Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios al amparo de la Ley Orgánica 2/2006.

Formación aportada

Formación a convalidar

Administración y gestión de un pequeño establecimiento comercial.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Comercio.

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios

Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

(Cualquier ciclo formativo)

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Organización y gestión de una explotación agraria familiar.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Explotaciones agrarias extensivas.

(Actividades Agrícolas).

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Explotaciones ganaderas.

(Actividades Agrícolas).

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Explotaciones agrícolas intensivas.

(Actividades Agrícolas).

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Jardinería.

(Actividades Agrícolas).

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Trabajos forestales y de conservación del medio natural.

(Actividades Agrícolas).

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Organización y gestión de una pequeña empresa de actividades de tiempo libre y socioeducativas.

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Animación de actividades físicas y deportivas.

(Actividades Físicas y Deportivas).

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Animación sociocultural.

(Servicios Socioculturales y a la Comunidad).

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Animación turística.

(Hostelería y Turismo).

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Organización y gestión de una empresa agraria.

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Gestión y organización de empresas agropecuarias.

(Actividades Agrícolas).

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos.

(Actividades Agrícolas).

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Ciclo Formativo completo de Grado Medio en Gestión administrativa.

(Administración).

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

b) Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 (LOE) y los establecidos en el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios.

Formación aportada

Formación a convalidar

Módulos profesionales (Ciclo formativo al que pertenecen)

Módulos profesionales a convalidar

1227. Gestión de un pequeño comercio.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades comerciales.

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Empresa e iniciativa emprendedora.

(Cualquier ciclo formativo)

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Ciclo Formativo completo de Grado Superior en administración y finanzas.

(Administración y Gestión).

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

0623. Gestión económica y financiera de la empresa.

Ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Comercio Internacional.

Ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.

Ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Marketing y Publicidad.

Ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Transporte y Logística.

(Comercio y Marketing).

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Ciclo Formativo completo de Grado Superior en Procesos y calidad en la industria alimentaria.

(Industrias alimentarias).

1610. Seguridad y calidad alimentaria en el comercio.

0931. Marketing digital.

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Gestión de ventas y espacios comerciales.

– Ciclo Formativo de Grado Superior en Marketing y publicidad.

1613. Comercio electrónico en negocios alimentarios.

Ciclo Formativo completo de Grado Medio en Actividades comerciales.

1615. Gestión de un comercio alimentario.

c) Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos en el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios y los de otros títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 (LOE).

Formación aportada

Formación a convalidar

Módulos profesionales

Módulos profesionales a convalidar (Ciclo formativo al que pertenecen)

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.*

1615. Gestión de un comercio alimentario.*

1227. Gestión de un pequeño comercio.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades comerciales.

1606. Constitución de pequeños negocios alimentarios.

Empresa e iniciativa emprendedora

(Cualquier ciclo formativo).

1607. Mercadotecnia del comercio alimentario.

1226. Marketing en la actividad comercial.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades comerciales.

1609. Atención comercial en negocios alimentarios.

1234. Servicios de atención comercial.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades comerciales.

1609. Atención comercial en negocios alimentarios.*

1614. Ofimática aplicada al comercio alimentario.*

0437. Comunicación empresarial y atención al cliente.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Gestión administrativa.

(Administración y Gestión).

1612. Logística de productos alimentarios.

1228. Técnicas de almacén.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades comerciales.

1612. Logística de productos alimentarios.*

1615. Gestión de un comercio alimentario.*

1229. Gestión de compras.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en Actividades comerciales.

Ciclo Formativo completo.

0146. Venta y comercialización de productos alimentarios.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en aceites de oliva y vinos.

(Industrias alimentarias)

– Ciclo Formativo de Grado Medio en elaboración de productos alimenticios.

(Industrias alimentarias).

Ciclo Formativo completo.

0413. Comercialización de productos agroecológicos.

– Ciclo Formativo de Grado Medio en producción agroecológica.

(Agraria).

* Se requerirá aportar simultáneamente la formación en los módulos profesionales para tener derecho a la convalidación.

Se modifica el apartado b) por la disposición final 1 del Real Decreto 212/2025, de 18 de marzo. BOE-A-2025-7193

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-7193 Leer Qué cambió
8 de abril de 2018 Texto original Leer

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