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Legislación › Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior.

Artículo 12. Demarcaciones colegiales.

Artículo 12. Demarcaciones colegiales.

1. Los Colegios podrán organizarse territorialmente en Demarcaciones. Al frente de cada Demarcación estará una Junta Directiva elegida por los colegiados adscritos a la misma, con las funciones de representación, administración y control que determinen los Estatutos del Colegio con sujeción a lo dispuesto en los artículos 8.2 y 30.3.

2. Los Estatutos particulares podrán fijar las condiciones mínimas de territorio, número de colegiados y suficiencia económica que se requieran para el establecimiento y continuidad de las Demarcaciones, en orden a asegurar su capacidad para el desempeño de las funciones encomendadas.

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