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Legislación › Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior.

Artículo 35. Normativa aplicable.

Artículo 35. Normativa aplicable.

Los Colegios se rigen por las normas siguientes:

a) La legislación autonómica y estatal en materia de Colegios Profesionales.

b) El resto del ordenamiento jurídico en cuanto resulte aplicable.

c) Los presentes Estatutos Generales.

d) Sus Estatutos particulares, Reglamentos de régimen interior y acuerdos de alcance general que se adopten para su desarrollo y aplicación.

En materia de procedimiento regirá supletoriamente la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.

Salvo exención legal, los acuerdos, decisiones o recomendaciones de los Colegios deberán observar los límites establecidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

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