Legislación › Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior.
Artículo 43. El patrimonio del Colegio.
Artículo 43. El patrimonio del Colegio.
1. Constituye el patrimonio de cada Colegio el conjunto de todos sus bienes, derechos y obligaciones. El Colegio ostenta su titularidad, sin perjuicio de la adscripción de bienes determinados a los órganos territoriales que lo componen.
2. Los Estatutos particulares establecerán el régimen de administración, inventario, inscripción registral y disposición de los bienes, que deberá garantizar la transparencia y responsabilidad en la gestión y la integridad y conservación del patrimonio colegial.


