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Legislación › Real Decreto 129/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y de su Consejo Superior.

Artículo 70. Ventanilla única. Organización.

Artículo 70. Ventanilla única. Organización.

1. Corresponde al Consejo Superior mantener en funcionamiento la ventanilla única a través de sus medios telemáticos, para asegurar el servicio a los arquitectos colegiados y la información que soliciten los usuarios estableciendo y manteniendo para ello el sistema operativo más idóneo y la plataforma tecnológica que garantice la interoperabilidad y la accesibilidad de las personas con discapacidad.

2. El sistema elegido deberá asegurar la interacción de todos los Colegios y del Consejo Superior y procurar la interoperabilidad con el resto de autoridades competentes previstas en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

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