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Legislación › Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT).

Artículo 21. Constitución del Colegio.

Artículo 21. Constitución del Colegio.

El Colegio estará constituido por los miembros que reúnan las condiciones señaladas en la sección 1.ª del capítulo II. Se regirá por los presentes Estatutos y por su Reglamento general de régimen interior, sancionado por la Junta General, en el que se recogerán las normas de aplicación de aquellos.

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