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Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT).
En vigor Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital · Publicada el 17 de enero de 2018 · Último cambio el 17 de enero de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- Disposición transitoria única. Inscripción de sociedades profesionales
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Titulo competencial.
- Disposición final segunda. Salvaguarda de las competencias autonómicas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ESTATUTOS
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Denominación, naturaleza jurídica y regulación.
- Artículo 2. Sede.
- Artículo 3. Ámbito.
- Artículo 4. Fines y funciones del Colegio.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 5. Miembros.
- Artículo 6. Colegiación.
- Artículo 7. Ejercicio de la profesión.
- Artículo 8. Solicitud de colegiación.
- Artículo 9. Pérdida de la condición de colegiado. Baja de las sociedades profesionales.
- Artículo 10. Obligaciones de los colegiados. Deberes de las sociedades profesionales.
- Artículo 11. Derechos de los colegiados. Derechos de las sociedades profesionales.
- Artículo 12. Registro de colegiados.
- Artículo 13. Bajas y reincorporaciones.
- Sección segunda
- Artículo 14. Formas de ejercicio profesional. Sociedades Profesionales.
- Artículo 15. Registro de Sociedades Profesionales.
- Artículo 16. Defensa de los colegiados.
- Artículo 17. Visado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 18. Organización territorial del Colegio.
- Artículo 19. Denominación y Sede de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 20. Regulación de las Demarcaciones territoriales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 21. Constitución del Colegio.
- Artículo 22. Órganos Rectores.
- Sección 1
- Artículo 23. La Junta General.
- Artículo 24. Funciones de la Junta General.
- Artículo 25. Reuniones ordinarias de la Junta General.
- Artículo 26. Reuniones extraordinarias de la Junta General.
- Artículo 27. Deliberaciones de la Junta General.
- Artículo 28. Funcionamiento de la Junta General.
- Sección 2
- Artículo 29. La Junta de Gobierno.
- Artículo 30. Miembros elegibles.
- Artículo 31. Reuniones de la Junta de Gobierno.
- Artículo 32. Acuerdos de la Junta de Gobierno.
- Artículo 33. Asistencia a las sesiones de la Junta extraordinaria de Gobierno.
- Artículo 34. Comisiones de trabajo.
- Artículo 35. Atribuciones de la Junta de Gobierno.
- Sección 3
- Artículo 36. Del Decano-Presidente.
- Artículo 37. Funciones del Decano-Presidente.
- Artículo 38. Del Vicedecano.
- Artículo 39. Del Secretario General.
- Artículo 40. Del Vicesecretario.
- Artículo 41. Del Tesorero.
- Artículo 42. Del Vicetesorero.
- Artículo 43. De los vocales.
- Sección 4
- Artículo 44. Consejo de Decanos.
- Artículo 45. Competencias del Consejo de Decanos.
- Artículo 46. Duración del mandato de los miembros no electos y sesiones del Consejo de Decanos.
- Sección 5
- Artículo 47. El Consejo Asesor.
- Sección 6
- Artículo 48. Composición y competencias.
- CAPÍTULO V
- Artículo 49. Órganos de las Demarcaciones territoriales.
- Sección 1
- Artículo 50. La Junta General de la Demarcación territorial.
- Sección 2
- Artículo 51. La Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 52. Competencias de la Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 53. Atribuciones de la Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 54. Miembros de la Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 55. Del Decano territorial.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 56. Instituciones del Colegio.
- Artículo 57. Servicios generales del Colegio.
- Artículo 58. Secretaría General territorial.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 59. Requisitos generales.
- Artículo 60. Régimen electoral.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 61. Recursos económicos del Colegio.
- Artículo 62. Patrimonio del Colegio.
- Artículo 63. Recaudación de los recursos económicos.
- Artículo 64. Presupuesto general del Colegio.
- Artículo 65. Administración del presupuesto.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 66. Régimen disciplinario.
- Artículo 67. Derechos de los colegiados expedientados.
- Artículo 68. Expedientes disciplinarios.
- Artículo 69. Clasificación de las faltas.
- Artículo 70. Faltas leves.
- Artículo 71. Faltas graves.
- Artículo 72. Faltas muy graves.
- Artículo 73. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 74. Responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 75. Régimen supletorio.
- CAPÍTULO X
- Artículo 76. Recursos contra los actos colegiales.
- Artículo 77. Nulidad de los actos colegiales.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 78. Modificación de los Estatutos.
- Artículo 79. De la segregación de las Demarcaciones.
- Artículo 80. Disolución del Colegio.
- Artículo 81. Comunicación de la disolución del Colegio.
- CAPITULO XII
- Artículo 82. Ventanilla única.
- Artículo 83. Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios.
- Artículo 84. Memoria Anual.


