LexTotal

Legislación › Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT).

Artículo 65. Administración del presupuesto.

Artículo 65. Administración del presupuesto.

La administración del presupuesto de los órganos, servicios generales e instituciones estará a cargo de la Junta de Gobierno, y el de cada Demarcación territorial a cargo de su Junta Directiva de la Demarcación. El saldo remanente anual de una Demarcación territorial será acumulable a ejercicios siguientes, formando parte de su presupuesto particular.

← Artículo 64 Índice Artículo 66 →