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Legislación › Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT).

Artículo 42. Del Vicetesorero.

Artículo 42. Del Vicetesorero.

Auxiliará al Tesorero en el desarrollo de sus funciones, pudiendo sustituirle en caso de ausencia, enfermedad, fallecimiento o cese por cualquier circunstancia.

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