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Legislación › Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

Artículo 84. Sistema dinámico de compra.

Artículo 84. Sistema dinámico de compra.

Un sistema dinámico de compra es un proceso entera y exclusivamente electrónico, limitado en el tiempo y abierto durante toda su duración a cualquier empresa o profesional que cumpla los criterios de selección, para la contratación de bienes y servicios de uso corriente que satisfagan las necesidades del poder adjudicador y se encuentren disponibles en el mercado.

Para la implantación de un sistema dinámico de compra se seguirán las normas del procedimiento restringido, con las particularidades previstas en el artículo siguiente.

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