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Legislación › Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

Artículo 96. Admisión de participantes.

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Artículo 96. Admisión de participantes.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a examinar el la apertura de las proposiciones, comprobando la presentación de la declaración del cumplimiento de los requisitos de participación de quien haya licitado en el procedimiento, según lo establecido en el pliego.
En los casos en que excepcionalmente se haya solicitado la acreditación previa de los requisitos para contratar, si la documentación acreditativa de la personalidad, capacidad, solvencia económica y financiera y técnica o profesional sea incompleta o presente alguna duda, se requerirá a la persona afectada para que complete o subsane los certificados y documentos presentados, otorgándoles un plazo de, al menos, cinco días.
Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de ello. La exclusión deberá ser motivada y, en caso de notificarse a la persona interesada, contendrá al menos las razones por las que se ha rechazado una candidatura u oferta y los medios y plazos de impugnación que procedan.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de noviembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-18406 Leer Qué cambió
7 de mayo de 2018 Texto original Leer

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