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Legislación › Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

Disposición adicional décima. Régimen especial para contratos relacionados con actividades docentes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de noviembre de 2021 y la del 31 de diciembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional décima. Régimen especial para contratos relacionados con actividades docentes, divulgatuvas y artísticas. docentes.
En los contratos cuyo objeto consista en actividades docentes o de formación, adjudicados a personas físicas y desarrollados en forma de cursos de formación o perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración o de acciones formativas impartidas en centros públicos de formación para el empleo, así como los seminarios, coloquios, mesas redondas, conferencias, colaboraciones, artículos científicos o preparación de materiales por escrito y en aquellos contratos que se vayan a adjudicar por su especialidad artística, como direcciones artísticas, comisariados artística y actividades similares, los únicos tramites exigibles serán, conforme a la legislación presupuestaria aplicable, la designación o nombramiento por el órgano competente y la presentación de la correspondiente factura.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de marzo de 2024 En vigor BOE-A-2024-5989 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2022 BOE-A-2023-1406 Leer Qué cambió
3 de noviembre de 2021 BOE-A-2021-18406 Leer Qué cambió
7 de mayo de 2018 Texto original Leer

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