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Legislación › Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 39. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.

Artículo 39. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.

Las Administraciones públicas aragonesas fomentarán, en todos los medios de comunicación de titularidad pública y aquellos que perciban subvenciones o fondos públicos, la concienciación, divulgación y transmisión de la inclusión social y el respeto a la identidad y expresión de género, emitiendo contenidos que contribuyan a una percepción del colectivo exenta de estereotipos y al conocimiento y difusión de necesidades y realidades de la población trans.

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