LexTotal

Legislación › Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional primera. Representación en el Consejo de Política de Seguridad.

Disposición adicional primera. Representación en el Consejo de Política de Seguridad.

Corresponde a la Consejería de la Comunidad de Madrid que tiene atribuidas las competencias en materia de coordinación de policías locales la representación de la misma en el Consejo de Política de Seguridad previsto en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

← Artículo 55 Índice Disposición adicional segunda →