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Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 6 de junio de 2018 · Último cambio el 22 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 3. Creación de Cuerpos de policía local.
- Artículo 4. Denominación.
- Artículo 5. Naturaleza jurídica.
- Artículo 6. Ámbito territorial de actuación.
- Artículo 7. Agentes auxiliares. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 8. Uniformidad, equipamiento y acreditación profesional. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 9. Armamento y medios materiales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Gestión directa.
- Artículo 11. Funciones. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 12. Comunicación entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Principios básicos de actuación.
- Artículo 14. Adecuación al ordenamiento jurídico.
- Artículo 15. Relaciones con la ciudadanía.
- Artículo 16. Tratamiento de los detenidos.
- Artículo 17. Dedicación profesional.
- Artículo 18. Secreto profesional.
- Artículo 19. Responsabilidad personal.
- TÍTULO II
- Artículo 20. Coordinación. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 21. Coordinación de políticas de seguridad.
- Artículo 22. Órganos competentes en materia de coordinación.
- Artículo 23. Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales.
- Artículo 24. Composición de la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 25. Nombramiento de los miembros de la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales.
- Artículo 26. Régimen de convocatorias.
- Artículo 27. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 28. Funciones de la Comisión. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 29. Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 30. Actuación fuera del término municipal.
- Artículo 31. Colaboración entre municipios.
- Artículo 32. Juntas Locales de Seguridad.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 33. Escalas y categorías. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 34. Plantillas.
- Artículo 35. Jefatura de Cuerpo.
- Artículo 36. Régimen estatutario.
- Artículo 37. Adscripción de personal de apoyo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 38. Acceso a los Cuerpos de policía local. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 39. Bases de selección. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 40. Convocatorias de pruebas selectivas.
- Artículo 41. Promoción interna. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 42. Movilidad. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 43. Permuta.
- Artículo 44. Convalidación del curso selectivo de formación.
- Artículo 45. Registro.
- CAPÍTULO III
- Artículo 46. Jubilación.
- Artículo 47. Segunda actividad.
- Artículo 48. Deberes específicos.
- Artículo 49. Derechos.
- Artículo 50. Salud laboral.
- Artículo 51. Interdicción de la huelga.
- Artículo 52. Acción premial.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 53. Disposiciones generales.
- Artículo 54. Procedimiento sancionador.
- Artículo 55. Competencia sancionadora.
- Disposición adicional primera. Representación en el Consejo de Política de Seguridad.
- Disposición adicional segunda. Convalidación de la formación. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Disposición adicional tercera. Las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
- Disposición adicional cuarta. Adaptación de calificaciones.
- Disposición adicional quinta. Equivalencias de categorías. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Disposición transitoria primera. Integración en Subgrupos de clasificación profesional. 4 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Disposición transitoria segunda. Procesos selectivos en curso.
- Disposición transitoria tercera. Efectos retributivos de la integración. 2 redacciones · cambió el 10/03/2022
- Disposición transitoria cuarta. Integración de agentes auxiliares, auxiliares de policía o equivalentes. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Disposición transitoria quinta. Uniformidad.
- Disposición transitoria sexta. Prueba de idiomas.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normativa en vigor.
- Disposición final primera. Reglamento Marco de Organización.
- Disposición final segunda. Reglamentos municipales de los Cuerpos de policía local.
- Disposición final tercera. Regulación del armamento y medios necesarios.
- Disposición final cuarta. Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Disposición final quinta. Desarrollo normativo.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]


