Legislación › Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Disposición transitoria sexta. Prueba de idiomas.
Disposición transitoria sexta. Prueba de idiomas.
Para los procesos de promoción interna de los funcionarios que presten sus servicios en los Cuerpos de policía local a la entrada en vigor de la presente Ley, se podrá dispensar el requisito de la prueba de idiomas de carácter obligatorio durante un período de cinco años desde la fecha indicada. Esta prueba podrá ser de carácter voluntario y será valorada de forma adicional a la nota obtenida en la forma que se indique en las bases de convocatoria.
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición derogatoria única →


