Legislación › Ley Foral 7/2018, de 17 de mayo, de creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 42. Personal de la Oficina.
Artículo 42. Personal de la Oficina.
La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra dispondrá del personal técnico, administrativo, auxiliar y subalterno que fuese necesario para el desarrollo de sus funciones. El mismo será seleccionado por oposición o concurso-oposición.


