Legislación › Ley Foral 7/2018, de 17 de mayo, de creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra.
Disposición transitoria segunda. Reglamento de organización y funcionamiento de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción.
Disposición transitoria segunda. Reglamento de organización y funcionamiento de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción.
El Gobierno de Navarra aprobará, a propuesta de la dirección de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de este órgano, así como las ulteriores modificaciones del mismo.
Este Reglamento se aprobará en el plazo de seis meses desde el nombramiento de la directora o director de la Oficina.
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