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Legislación › Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.

Artículo 198. Requerimiento de legalización y procedimiento sancionador.

Artículo 198. Requerimiento de legalización y procedimiento sancionador.

Apreciar la presunta comisión de una infracción urbanística definida en la presente ley dará lugar a la incoación, la instrucción y la resolución del procedimiento sancionador correspondiente, sean o no legalizables los actos o los usos objetos de este.

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