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Legislación › Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.

Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:

Base liquidable

Hasta

–

Euros

Cuota íntegra

–

Euros

Resto base liquidable

–

Euros

Tipo de gravamen

–

Porcentaje

0,00 0,00 12.450,00 7,75
12.450,00 964,88 7.750,00 9,75
20.200,00 1.720,50 4.000,00 16,00
24.200,00 2.360,50 11.000,00 17,50
35.200,00 4.285,50 24.800,00 21,00
60.000,00 9.493,50 20.200,00 23,50
80.200,00 14.240,50 19.000,00 24,00
99.200,00 18.800,50 21.000,00 24,50
120.200,00 23.945,50 en adelante 25,00

Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 2/2026, de 3 de agosto. BOE-A-2026-17839

Téngase en cuenta que esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2026, según establece la disposición final 7 de la citada Ley. 

Se modifica por el art. 1.1 del Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre. BOE-A-2023-21669

Téngase en cuenta que esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2023, según establece la disposición final 3.1 del citado Decreto-ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de agosto de 2026 En vigor BOE-A-2026-17839 Leer Qué cambió
15 de septiembre de 2023 BOE-A-2023-21669 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2018 Texto original Leer

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