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Legislación › Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.

Artículo 49. Tipo de gravamen incrementado aplicable a las escrituras públicas que documenten la formalización de préstamos o créditos hipotecarios.

Artículo 49. Tipo de gravamen incrementado aplicable a las escrituras públicas que documenten la formalización de préstamos o créditos hipotecarios.

Se aplicará el tipo de gravamen del 2% a las escrituras públicas que documenten la formalización de préstamos o créditos hipotecarios cuando el sujeto pasivo sea el prestamista.

Se modifica por la disposición final 1.2 de la Ley 1/2020, de 31 de enero. BOE-A-2020-2458

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de febrero de 2020 En vigor BOE-A-2020-2458 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2018 Texto original Leer

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