Legislación › Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Artículo 50 bis. Tipo de gravamen reducido para las escrituras públicas que documenten la adquisición de viviendas habituales ubicadas en zonas rurales.
Artículo 50 bis. Tipo de gravamen reducido para las escrituras públicas que documenten la adquisición de viviendas habituales ubicadas en zonas rurales.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.3 de la Ley 2/2026, de 3 de agosto. BOE-A-2026-17839
Se modifica la letra a) por el art. 45.12 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre. BOE-A-2022-21019
Esta modificación será de aplicación a los hechos imponibles que se devengen a partir del 1 de enero de 2022, según establece la disposición final 4.2 de la citada Ley.
Se añade por la disposición final 2.6 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo. BOE-A-2022-5853
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de agosto de 2026 En vigor | BOE-A-2026-17839 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 2022 | BOE-A-2022-21019 | Leer | Qué cambió |
| 22 de marzo de 2022 | BOE-A-2022-5853 | Leer |


