Legislación › Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 11. Socorrista Deportiva/Deportivo.
Artículo 11. Socorrista Deportiva/Deportivo.
1. Socorrista Deportiva/Deportivo es toda aquella persona profesional del deporte que ejerce su actividad en piscinas, parques acuáticos, piscinas naturales y aguas fluviales, en playas y espacios marítimos, en todo tipo de actividades acuático-deportivas.
2. El ejercicio de las actividades o funciones atribuidas al socorrista de instalaciones y espacios acuáticos requerirá la presencia física de éste durante el desarrollo de las mismas.


