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Legislación › Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 11. Socorrista Deportiva/Deportivo.

Artículo 11. Socorrista Deportiva/Deportivo.

1. Socorrista Deportiva/Deportivo es toda aquella persona profesional del deporte que ejerce su actividad en piscinas, parques acuáticos, piscinas naturales y aguas fluviales, en playas y espacios marítimos, en todo tipo de actividades acuático-deportivas.

2. El ejercicio de las actividades o funciones atribuidas al socorrista de instalaciones y espacios acuáticos requerirá la presencia física de éste durante el desarrollo de las mismas.

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