Legislación › Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 14. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo.
Artículo 14. Cualificación necesaria para el ejercicio de la profesión de Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo.
1. Para ejercer la profesión de Entrenadora/Entrenador a deportistas y equipos que no sean profesionales ni compitan en Ligas profesionales o que no estén reconocidos por el Consejo Superior de Deportes o por la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia como deportistas de alto nivel o de alto rendimiento, se requiere una cualificación profesional que pueda acreditarse mediante las siguientes titulaciones:
a) Técnico Deportivo Superior de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
b) Técnico Deportivo de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
2. Para ejercer la profesión de Entrenadora/Entrenador con deportistas y equipos profesionales o que compitan en Ligas profesionales o que estén reconocidos por el Consejo Superior de Deportes o por la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia como deportistas de alto nivel o de alto rendimiento, se requiere una cualificación profesional que pueda acreditarse mediante la titulación de Técnico Deportivo Superior de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
3. Quien ostente la cualificación necesaria para ejercer la profesión de Profesora/Profesor de Educación Física queda facultado para ejercer la profesión de Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo en las competiciones dentro del programa de deporte escolar.
4. Quienes desarrollen profesionalmente actividades reservadas a las Entrenadoras Deportivas/Entrenadores Deportivos profesionales, no limitadas a la realización de labores auxiliares o a la mera ejecución de indicaciones del entrenador principal, quedarán equiparados a las Entrenadoras Deportivas/Entrenadores Deportivos profesionales y deberán contar con la cualificación profesional exigible a estos.


