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Legislación › Ley 4/2018, de 4 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ambientólogos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 2. Ámbito territorial.

Artículo 2. Ámbito territorial.

El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Ambientólogos que se crea mediante la presente ley es el de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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