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Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.

En vigor Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social · Publicada el 30 de junio de 2018 · Último cambio el 30 de junio de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
  3. Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  5. Disposición final primera. Título competencial.
  6. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  7. [firma]
  8. REGLAMENTO
  9. CAPÍTULO I
  10. Sección 1
  11. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  12. Artículo 2. Atribución de funciones.
  13. Sección 2
  14. Artículo 3. Cómputo de plazos.
  15. Artículo 4. Aplicación de medios electrónicos. Validez y eficacia de los documentos emitidos a través de ellos.
  16. CAPÍTULO II
  17. Artículo 5. Transferencias e ingresos del Estado.
  18. Artículo 6. Ingreso de las cuotas de la Seguridad Social y otras de recaudación conjunta.
  19. Artículo 7. Actuación de las entidades financieras en relación con los ingresos por cuotas.
  20. Artículo 8. Modificaciones en los abonos en cuenta.
  21. Artículo 9. Ingreso de otros recursos de la Seguridad Social y apertura de cuentas restringidas de ingresos.
  22. Artículo 10. Apertura de cuentas corrientes.
  23. CAPÍTULO III
  24. Artículo 11. Periodicidad del presupuesto monetario.
  25. Artículo 12. Movimientos financieros y operaciones de tesorería.
  26. CAPÍTULO IV
  27. Sección 1
  28. Artículo 13. Obligaciones objeto de pago.
  29. Artículo 14. Ordenadores de pagos.
  30. Artículo 15. Funciones del Ordenador General de Pagos.
  31. Artículo 16. Medios de pago y cuentas pagadoras.
  32. Artículo 17. Expedición de las propuestas de pago.
  33. Artículo 18. Expedición de las órdenes y documentos de pago.
  34. Artículo 19. Materialización del pago.
  35. Artículo 20. Descuentos y pagos en formalización.
  36. Artículo 21. Pagos sobre anticipos de tesorería.
  37. Artículo 22. Pagos con cargo al fondo de maniobra.
  38. Artículo 23. Pagos a justificar.
  39. Sección 2
  40. Artículo 24. Pago de prestaciones de la Seguridad Social.
  41. Artículo 25. Abonos a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y a entidades titulares de ingresos efectuados en la Tesorería General.
  42. Artículo 26. Regularización financiera de determinados pagos.
  43. CAPÍTULO V
  44. Artículo 27. Colaboración en la gestión financiera.
  45. Artículo 28. Procedimiento de relación.
  46. Artículo 29. Registro de Colaboradores de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  47. Artículo 30. Protección de datos personales.
  48. Disposición adicional primera. Recursos de la Seguridad Social recaudados por otros colaboradores en la gestión recaudatoria.
  49. Disposición adicional segunda. Función interventora.
  50. Disposición adicional tercera. Transferencias de fondos a las comunidades autónomas.
  51. Disposición adicional cuarta. Medios de pago de las deudas con la Seguridad Social.
  52. Disposición final única. Facultades de aplicación y desarrollo.