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Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
En vigor Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social · Publicada el 30 de junio de 2018 · Último cambio el 30 de junio de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social.
- Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Atribución de funciones.
- Sección 2
- Artículo 3. Cómputo de plazos.
- Artículo 4. Aplicación de medios electrónicos. Validez y eficacia de los documentos emitidos a través de ellos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Transferencias e ingresos del Estado.
- Artículo 6. Ingreso de las cuotas de la Seguridad Social y otras de recaudación conjunta.
- Artículo 7. Actuación de las entidades financieras en relación con los ingresos por cuotas.
- Artículo 8. Modificaciones en los abonos en cuenta.
- Artículo 9. Ingreso de otros recursos de la Seguridad Social y apertura de cuentas restringidas de ingresos.
- Artículo 10. Apertura de cuentas corrientes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Periodicidad del presupuesto monetario.
- Artículo 12. Movimientos financieros y operaciones de tesorería.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 13. Obligaciones objeto de pago.
- Artículo 14. Ordenadores de pagos.
- Artículo 15. Funciones del Ordenador General de Pagos.
- Artículo 16. Medios de pago y cuentas pagadoras.
- Artículo 17. Expedición de las propuestas de pago.
- Artículo 18. Expedición de las órdenes y documentos de pago.
- Artículo 19. Materialización del pago.
- Artículo 20. Descuentos y pagos en formalización.
- Artículo 21. Pagos sobre anticipos de tesorería.
- Artículo 22. Pagos con cargo al fondo de maniobra.
- Artículo 23. Pagos a justificar.
- Sección 2
- Artículo 24. Pago de prestaciones de la Seguridad Social.
- Artículo 25. Abonos a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y a entidades titulares de ingresos efectuados en la Tesorería General.
- Artículo 26. Regularización financiera de determinados pagos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 27. Colaboración en la gestión financiera.
- Artículo 28. Procedimiento de relación.
- Artículo 29. Registro de Colaboradores de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Artículo 30. Protección de datos personales.
- Disposición adicional primera. Recursos de la Seguridad Social recaudados por otros colaboradores en la gestión recaudatoria.
- Disposición adicional segunda. Función interventora.
- Disposición adicional tercera. Transferencias de fondos a las comunidades autónomas.
- Disposición adicional cuarta. Medios de pago de las deudas con la Seguridad Social.
- Disposición final única. Facultades de aplicación y desarrollo.


