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Legislación › Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.

Artículo 51. Desarrollo reglamentario.

Artículo 51. Desarrollo reglamentario.

1. Se establecerá reglamentariamente la composición, el funcionamiento y la organización de la Mesa Autonómica de la Vivienda, de acuerdo con lo que establece este título y teniendo en cuenta la normativa sobre órganos colegiados.

2. Como mínimo, entre sus participantes se deberá garantizar la presencia de las entidades y los grupos de la sociedad civil que defienden los derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vivienda digna y adecuada.

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