Legislación › Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.
Disposición adicional decimotercera. Continuidad de los regímenes de precio fijados legalmente.
Disposición adicional decimotercera. Continuidad de los regímenes de precio fijados legalmente.
Las viviendas que, a partir de la entrada en vigor de esta ley, obtengan cualquier tipo de financiación que implique la fijación de un precio máximo de venta o renta, quedarán sometidas al mismo con carácter permanente.
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