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Legislación › Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.

Disposición adicional vigésima. Recalificación de viviendas protegidas de titularidad pública existentes en viviendas dotacionales.

Disposición adicional vigésima. Recalificación de viviendas protegidas de titularidad pública existentes en viviendas dotacionales.

Las viviendas protegidas de titularidad pública se pueden calificar motivadamente en viviendas o alojamientos dotacionales para destinarlas a los colectivos indicados en la letra l) del artículo 4 de esta ley. Esta recalificación se puede revertir cuando desaparezca la razón que la generó.

Se añade por la disposición final 69.9 de la Ley 4/2026, de 11 de junio. BOE-A-2026-15579

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