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Legislación › Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.

Disposición transitoria quinta. Adaptación de los cuerpos de Policía Local.

Disposición transitoria quinta. Adaptación de los cuerpos de Policía Local.

Los ayuntamientos cuyo cuerpo de Policía Local no se ajuste a la plantilla y estructura mínimas, a que se refiere el artículo 38 de esta ley, deberán adaptar su estructura a lo que en él se indica en el plazo máximo de cuatro años.

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